REAL DECRETO 487/2022

REAL DECRETO 487/2022 DE 21 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LA LEGIONELOSIS

Entra en vigor el Real Decreto para control y prevención sanitaria de la legionelosis. Desde el 2 de enero de 2023 está en vigor el Real Decreto 487/2022 de 21 de junio de 2022 por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

Como está escrito: «El real decreto tiene por objeto la prevención y el control de la legionelosis, en aras de la protección de la salud humana, mediante el establecimiento de las medidas sanitarias a aplicar en las instalaciones susceptibles de la proliferación y diseminación de Legionella. Su ámbito de aplicación son las instalaciones que puedan ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y, por tanto, de propagación de la enfermedad de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento.»

¿Qué empresas actualizarán su normativa?

El nuevo Real Decreto para el control de la legionella será de aplicación en las instalaciones que se recogen en el anexo I y que afectan a diferentes tipos de empresas como las que se relacionan a continuación:

ANEXO I

Relación no exhaustiva de instalaciones y equipos

  1. Sistemas de agua sanitaria.
  2. Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
  3. Equipos de enfriamiento evaporativo.
  4. Centrales humidificadoras industriales.
  5. Humidificadores.
  6. Sistemas de agua contra incendios.
  7. Sistemas de agua climatizada o con temperaturas similares a las climatizadas (≥ 24ºC) y aerosolización con/sin agitación y con/sin recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire, vasos de piscinas polivalente con este tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de agua, setas, cortinas, cascadas, entre otras.
  1. Fuentes ornamentales con difusión de aerosoles y fuentes transitables.
  2. Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano o en campos de golf o deportes.
  3. Dispositivos de enfriamiento evaporativo por pulverización mediante elementos de refrigeración por aerosolización.
  1. Sistemas de lavado de vehículos.
  2. Máquinas de riego o baldeo de vías públicas y vehículos de limpieza viaria.
  3. Cualquier elemento destinado a refrigeración y/o humectación susceptible de producir aerosoles no incluido en el resto de puntos.
  4. Instalaciones de uso sanitario / terapéutico: Equipos de terapia respiratoria; respiradores; nebulizadores; sistemas de agua a presión en tratamientos dentales; bañeras terapéuticas con agua a presión; bañeras obstétricas para partos e instalaciones que utilicen aguas declaradas mineromedicinales o termales.
  5. Cualquier otra instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

¿Cómo te puede ayudar Grupo Idea Murcia con esto?

Muy sencillo, contamos con un curso de prevención de Legionella para que tus trabajadores sepan como prevenir esta enfermedad. Ya que tal y como dice este real decreto:

«La persona titular de las instalaciones garantizará que todo el personal propio o externo implicado en las actividades recogidas en este real decreto, cuente con la formación requerida a la actividad que desempeña dentro del mismo

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