Pack PyMES

Para nosotros proteger y dar seguridad a nuestros clientes es primordial. Queremos que se sientan respaldados y sepan como actuar ante cualquier frente de índole legal o cualquier problema que afecte a la empresa o a sus trabajadores. Por ello, hemos desarrollado un pack que incluye todo lo que un inspector puede solicitar, para garantizarle a nuestro cliente la seguridad de que siempre lo tendrá todo en regla y que no existe ninguna irregularidad en su empresa.

Contenidos del pack:

Gestión de factores psicosociales

  • Inclusión del riesgo psicosocial en el Plan de Prevención y en la política de la empresa expresando el compromiso de la Dirección al respecto.
  • Identificación de los riesgos psicosociales.
  • Evaluación y valoración de los factores de riesgo psicosocial.
  • Determinación de medidas preventivas e intervención psicosocial.
  • Planificación de las medidas preventivas y de intervención (designando plazos, responsables…).
  • Evaluación de la eficacia de las medidas adoptadas.
  • Intervención sobre las condiciones de trabajo psicosocial.
  • Puesta en marcha de herramientas de prevención así como mecanismos de control y protección (protocolos ante situaciones de conflicto, acoso laboral…).
  • Formación y capacitación de los trabajadores para identificar situaciones de riesgo psicosocial.

Registro Salarial

El R.D. Ley 6/2019 Y 902/2020 sobre igualdad salarial tiene como objetivo el impulso de la transparencia salarial en las empresas para garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en trabajos de igual valor.

Todas las empresas tienen obligación desde el 14 de abril, de tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos.

¿Qué incluye?

Todas las empresas tienen obligación desde el 14 de abril, de tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos.

¿Qué incluye?

El registro salarial al que incluye la norma deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo. Con este fin, deberá figurar la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Además, esta información deberá de estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada complemento y cada percepción extra, especificando cada una de modo diferenciado.

Protocolo de actuación contra el acoso laboral

Designación de una Comisión de Igualdad

Persona o conjunto de personas encargadas de gestionar todo lo relacionado con el acoso laboral. Siempre se recomienda que pertenezcan al departamento de RRHH o Prevención de Riesgos.

Creación de la normativa interna y de las medidas preventivas

Se reflejarán las medidas, con los tiempos de aplicación de éstas y las comunicaciones pertinentes a los equipos de trabajo. De aquí nacerá también la formación que recibirán los trabajadores. Dentro de esta política de empresa, deberá reflejarse el compromiso con la erradicación de la violencia sexista, garantía y tutela de los derechos de las personas afectadas y medidas de prevención.

Procedimientos y canales para realizar denuncias

Se tiene que establecer un canal adecuado para facilitar a las víctimas la tarea de comunicar el acoso laboral. La víctima debe de ser asesorada por el propio comité y éste debe ayudarle y darle soporte en todo momento, así como recabar todas las pruebas posibles. La reclamación o denuncia se puede hacer a través de un procedimiento privado.

Deber de divulgar entre los empleados formal o informal, siempre bajo la total confidencialidad y empleados

Todas las personas de la organización deben de estar informadas de todas las medidas, protocolos e instrumentos disponibles y la empresa debe asegurarse de la comprensión para prevenir y probar las acciones acometidas por la propia organización.

Obligación en materia de emergencia

De acuerdo con la Ley 31/1995, del 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las obligaciones del empresario en materia de emergencias se basan en:

  1. Analizar los riesgos y las posibles consecuencias que se pueden derivar.
  2. Adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
  3. Designar a los trabajadores que pondrán en práctica estas medidas.
  4. Formar a los trabajadores designados para poner en practica las medidas adoptadas por el empresario.
  5. Facilitar el material adecuado. Establecer las relaciones necesarias con servicios externos (bomberos, protección civil, atención sanitaria urgente…).
  1. Analizar los riesgos y las posibles consecuencias que se pueden derivar.
  2. Adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
  3. Designar a los trabajadores que pondrán en práctica estas medidas.
  4. Formar a los trabajadores designados para poner en practica las medidas adoptadas por el empresario.
  5. Facilitar el material adecuado. Establecer las relaciones necesarias con servicios externos (bomberos, protección civil, atención sanitaria urgente…).
  6. Evaluar y verificar la eficacia del plan establecido.

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